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LexMagistral

Vacancia judicial

Días en que los juzgados no atienden y no corren los términos: la temporada de fin de año y la Semana Santa.

  • Último día hábil
  • Vacancia
  • Festivo
  • Se reanudan los términos

Fin de año 2026–2027

Último día hábil
Viernes, 18 de diciembre
Vacancia, 22 días
Domingo, 20 de diciembre al domingo, 10 de enero
Se reanudan los términos
Martes, 12 de enero

Ojo: el lunes, 11 de enero es festivo (Día de los Reyes Magos). Por eso los términos se reanudan el martes, 12 de enero.

Diciembre de 2026
Enero de 2027

Semana Santa 2027

Último día hábil
Viernes, 19 de marzo
Vacancia, 6 días
Lunes, 22 de marzo al sábado, 27 de marzo
Se reanudan los términos
Lunes, 29 de marzo
Marzo de 2027

Lo que hay que tener en cuenta

Los términos de días se detienen
No corren durante la vacancia y siguen el día en que se reanudan (CGP, art. 118).
Los de meses y años siguen corriendo
Si vencen en vacancia, se extienden al primer día hábil siguiente.
No todos los despachos cierran a fin de año
Penales municipales, ejecución de penas, Fiscalía y Medicina Legal siguen atendiendo (Ley 270 de 1996, art. 146).
Tutelas y hábeas corpus no paran
Se reciben y tramitan con despachos de turno.

¿Necesita contar un término concreto? Use la calculadora de términos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se reanudan los términos judiciales en enero de 2027?
El martes, 12 de enero de 2027, primer día hábil después de la vacancia que termina el 10 de enero.
¿Cuál es el último día hábil de 2026 en los juzgados?
El viernes, 18 de diciembre de 2026, antes de que empiece la vacancia del 20 de diciembre.
¿Cuándo es la vacancia de Semana Santa 2027?
Del lunes, 22 de marzo de 2027 al sábado, 27 de marzo de 2027. Los términos se reanudan el lunes, 29 de marzo de 2027.

Para entender cómo se calcula: Cómo contar los términos judiciales.